Registro de marca en Murcia

En Guellcom registramos tu marca y tu dominio de empresa, hacemos todo el proceso de búsqueda y registro, y te lo dejamos todo preparado para que puedas con la tranquilidad de saber que tu marca es tuya.

Registra tu Marca y Protege tu Negocio

¿Tienes un nombre o logo único para tu empresa? 🚀 No dejes que otros lo usen. Registrar tu marca te da derechos exclusivos, evita problemas legales y aumenta el valor de tu negocio.

No arriesgues tu esfuerzo. Registra tu marca hoy y construye un negocio sólido y seguro.

Contáctanos y te ayudamos en todo el proceso. ¡Es fácil y rápido!

Clientes que ya han registrado su marca con nosotros

¿Por qué debo Registrar mi Marca en Murcia?

El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión, en términos similares a las patentes.

Es importante acotar, si tal vez pienses que sea innecesario ya sea por tener una pequeña empresa, sin negocios internacionales o publicidad en medios masivos, no tienes que preocuparte por temas como un registro de marca, no obstante piensa que sin saberlo puedes estar dañando derechos de terceros que pueden demandarte o simplemente te obligarán a desechar todo aquello que tiene que ver con su imagen, es decir, que perderías lo invertido.

Ante el panorama nosotros te ofrecemos el registro de tu marca comercial, te aseguramos tener los servicios a costos accesibles o pagos parciales con la intención de apoyar a las pequeñas empresas y crear conciencia en el sector sobre la importancia del tema, en especial para que no corran riesgos y logren una imagen más profesional.

Es necesario entender, que el emprendedor se verá constantemente en la necesidad de lograr que su Marca cobre notoriedad en el mercado, para lo cual invertirá muchas horas de trabajo en marketing y publicidad. Por tanto, es sumamente importante proteger esta inversión respecto a la Marca desde los inicios del proyecto.

Beneficios de Registrar mi Marca:

Convertirla en un activo intangible: Muchas veces la marca que protege  un producto o  servicio se convierte en el activo más importante de la empresa; si no se registra debidamente se puede arriesgar a perderla y ser registrada  por otra persona.

Extender su protección en todo el territorio: Al ser registrada de manera adecuada se protege el uso de la misma a lo largo y ancho del país.

El derecho a utilizar el símbolo Pertinente al registro comercial: Para distinguirla y protegerla frente a otras marcas no registradas.

Posibilidad de otorgar Licencias de Uso de Marca: como en el caso de las franquicias.

Oportunidad de cobrar regalías a quienes utilicen la marca y cederla a quien o quienes creas conveniente

Preguntas frecuentes

¿Qué es una marca?

La marca es un signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores.
Al registrar una marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) adquieres el derecho exclusivo a utilizar ese signo distintivo e impides que terceros puedan utilizar en España esa marca o similares para ofrecer el mismo tipo de producto o servicio.

Podrán, especialmente, constituir marca los siguientes signos o medios:

a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar las personas. Por ejemplo, “DULCILIA” para distinguir productos o servicios, o “El Juli” como nombre artístico.

b) Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos, por ejemplo, la representación de un caballo con las patas delanteras en alto que distingue los coches Ferrari, o un cocodrilo para la ropa de vestir de Lacoste.

c) Las letras, las cifras y sus combinaciones, por ejemplo, BBVA, Licor 43 ó S-3.

d) Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación.

e) Los sonidos.

f) Cualquier combinación de los signos o medios que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores.

Denominativas: Las denominaciones arbitrarias o de fantasía. Las razones sociales, seudónimos y nombres propios. Las cifras, letras, etc.

Gráficas: Los símbolos gráficos, logotipos, dibujos, etc.

Mixtas: La combinación de elementos denominativos y gráficos

Tridimensionales: Los envases y envoltorios, la forma del producto, etc.

Sonoras: Siempre que dichos sonidos en que consista la marca puedan ser representados gráficamente.

En España las marcas se protegen en función de las clases registradas, teniendo en cuenta la Clasificación de Niza, que es una clasificación que agrupa los productos y servicios en 45 clases diferentes: 34 de productos y 11 de servicios. Cada clase comprende una serie de productos o servicios relacionados entre sí y por ejemplo, la clase 32 corresponde a:

Clase 32: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas

Es necesario que el signo que se pretende registrar sea lícito, y susceptible de realizar las funciones que debe acometer la marca, identificar y diferenciar lo cual implica que no incurra en ninguna de las prohibiciones absolutas que establece la ley, y que esté disponible, es decir que no entre en conflicto con otros derechos anteriores, ya sea a titulo de marca u otro derecho de la personalidad como es el derecho al nombre o a la propia imagen o a otro derecho de propiedad intelectual, etc.

El titular tiene la obligación de usar la marca, bien por sí mismo o bien a través de persona autorizada por él. Si la marca no se usa, los tribunales podrán declarar su caducidad.

Diez años desde la fecha de su solicitud. A los diez años la marca debe renovarse. La marca puede renovarse indefinidamente.

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